Las bases estándar vigentes[1] aprobadas por la Dirección General de Abastecimiento (DGA) para la ejecución de obras, incluyen 14 factores de evaluación para la evaluación técnica de la oferta. Si el costo de la obra es igual o mayor a 9350 UIT, solo el factor de evaluación: Experiencia adicional del personal clave es obligatorio, y los otros 13, facultativos; y cuando el costo de la obra es menor a ese monto, todos los factores son facultativos; pero como la evaluación técnica es con 100 puntos, en la práctica, al menos 8 factores facultativos eran obligatorios. Esta situación se ha corregido, en parte, con la Disposición Complementaria de la Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, en la que se autoriza a los evaluadores a usar por lo menos dos factores de evaluación facultativos de los 13 previstos en las bases estándar, y deben hacerlo considerando el principio de valor por dinero.
Los factores de evaluación y el principio de valor por dinero
En el numeral 72.3 del artículo 73 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas (LGCP), aprobado con Decreto Supremo Nº 09-2025-EF (RLGCP), se establece que los factores de evaluación sirven para elegir al mejor postor de acuerdo con el principio de valor por dinero.
El principio de valor por dinero está regulado en el artículo 5 de la LGCP y ordena que las entidades deben contratar al postor que asegure el cumplimiento de la finalidad pública de la contratación, considerando cuatro elementos: la calidad, la sostenibilidad de la oferta y la evaluación de los costos y plazos, y otros aspectos vinculados a la naturaleza de lo que se contrate.
Por ejemplo, si un comité, en las bases de una licitación pública de una obra vial urbana, cuyo costo sea de tres millones de soles, incluyera el factor de evaluación: “Formación académica adicional del personal clave” que, en la práctica, se trata de una maestría; tendría que haber evaluado y concluido que ese factor le permitirá elegir la mejor oferta en función de los cuatro elementos del principio de valor por dinero. ¿Cómo sustentaría su decisión una posible acción de control?
El posible diálogo entre el auditor y el comité
- Auditor: En numeral 73.2 del artículo 73 del RLGCP se establece que los factores de evaluación deben permitir elegir la mejor oferta en concordancia con el principio de valor por dinero; es decir, considerando la calidad, la sostenibilidad de la oferta y la evaluación de los costos y plazos, y otros aspectos vinculados a la naturaleza de la obra, como la durabilidad, costos de operación y mantenimiento, etc. ¿De qué manera la maestría del personal clave cumpliría con esos elementos del citado principio?
- Comité: La maestría le da al profesional mayor pericia, habilidad, destreza y conocimientos técnicos para ejecutar la obra con mayor calidad.
- Auditor: ¿En qué documento se establece la calidad de una obra?
- Comité: En el expediente técnico y las modificaciones que apruebe la entidad.
- Auditor: ¿Quiere decir, entonces, que, si el personal clave cuenta con maestría, el contratista ejecutará la obra con mayor calidad o una calidad distinta a la prevista en el expediente técnico?
- Comité: No decimos eso, sino que la maestría del personal clave permitirá que el contratista construya la obra con la calidad prevista en el expediente técnico y las modificaciones aprobadas por la entidad.
- Auditor: ¿El comité considera que es obligación del contratista construir la obra con la calidad prevista en el expediente técnico y las modificaciones aprobadas por la entidad?
- Comité: Sí.
- Auditor: Si es obligación del contratista construir la obra con la calidad prevista en el expediente técnico y las modificaciones aprobadas por la entidad ¿Por qué se debería premiar al postor con puntaje de la maestría para que cumpla con su obligación?
- Comité: porque en las bases estándar aprobadas por la DGA se le da la prerrogativa al comité para elegir los factores de evaluación.
- Auditor: Estamos de acuerdo, pero el RLGCP ordena que esa elección se haga de acuerdo con el principio de valor por dinero. Además, si el Ministerio de Vivienda, en la ficha de homologación del perfil clave de ese tipo de obra, concluyó que el título de ingeniero es suficiente para que la obra se ejecute con la calidad requerida para el cumplimiento de la finalidad pública ¿cuál es la evidencia verificable del comité que le ha permitido concluir que no es suficiente el título profesional, como se indica en la ficha homologada y que, por tanto, la maestría haría la diferencia en la calidad de la obra?
- Comité: no contamos con evidencia verificable, pero la elección del factor de evaluación fue con criterio razonable, congruente y proporcional.
- Auditor: Ese argumento no responde la pregunta. Además, ¿Cómo puede demostrar el comité que la maestría contribuirá con la sostenibilidad de la oferta, con el plazo y el costo de la obra, y los demás aspectos como la durabilidad, costos de operación y mantenimiento, etc.?
- Comité: necesitamos ampliación de plazo para responder.
La elección de los factores de evaluación no puede ser una decisión arbitraria del evaluador o la DEC, sino que debe permitir la elección de la mejor oferta porque contribuirá con la calidad de la obra, la sostenibilidad de la oferta, el cumplimiento del precio y plazos, así como otros aspectos como los costos de mantenimiento y operación, durabilidad, entre otros. Y, por supuesto, debe demostrarse.
[1] Es probable que pronto se modifiquen. El 18 de junio de 2025, mediante Resolución Ministerial N.° 291-2025-EF/54, se ha publicado los proyectos de nuevas bases estándar.